FSC-CCOO Sector del Mar | 19 abril 2024.

El Tribunal Supremo vuelve a dar la razón a CCOO en su demanda contra el ERTE de la empresa Rhenus

    El Alto Tribunal declara la firmeza de la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional el 20 de julio de 2020 donde, tras la demanda interpuesta por CCOO, se declaraba nulo el ERTE que afectaba a varios centenares de trabajadores de la empresa Rhenus, que cuenta con 15 centros de trabajo distribuidos entre las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Canarias, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Islas Baleares, País Vasco y Principado de Asturias.

    08/07/2021.
    Rhenus Logistics

    Rhenus Logistics

    Tras la impugnación presentada contra el expediente de regulación temporal de empleo por parte de CCOO, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional había declarado su nulidad. Según los datos aportados, Rhenus llevó a cabo el proceso “eludiendo las normas relativas al periodo de consultas establecidas en la normativa legal de aplicación y aduciendo causas de tipo productivo y organizativo que no quedan debidamente justificadas”.

    Finalmente, el Tribunal Supremo ha ratificado lo expuesto por la Audiencia Nacional, que en su sentencia declara probado que la empresa no había desarrollado un válido periodo de consultas, que la documentación puesta a disposición es “insuficiente”, que no se negoció “con buena fe”, que la comunicación de la decisión “no colma los requisitos establecidos reglamentariamente” y, finalmente, que “resulta extemporánea”.

    Por todo ello, la Justicia ha otorgado la razón a CCOO declarando nula la medida adoptada por la empresa que suspendía 244 contratos de trabajo y reducía temporalmente la jornada a otros 455 empleados durante seis meses a partir del 5 de abril.

    Por lo tanto, la empresa se ha visto obligada a proceder a la inmediata reanudación de los contratos suspendidos y el aumento a su porcentaje de origen de las jornadas temporalmente reducidas, y ha sido condenada al pago total de los salarios no percibidos a causa de esta medida.